Cripto
Ningún operador con licencia de la DGOJ admite criptomonedas, y la razón no es tecnológica sino de cuenta: la del jugador es nominal y verificada, y el dinero ha de entrar y salir por el mismo canal comprobado. Un pago en cadena no cumple ninguna de las dos condiciones. Un sitio que ofrece depósitos en bitcoin a residentes en España se sitúa, por tanto, fuera del marco regulado, con independencia de la licencia extranjera que exhiba en su pie de página.
La sección describe cómo funcionan esos entornos —carteras, confirmaciones de red, conversión a saldo, la promesa de registro anónimo— y también dónde está el precio de todo ello. El jugador no es sancionado por la ley española, pero queda fuera de la protección de la DGOJ: si una cuenta se bloquea o una retirada se deniega, no hay reclamación posible ante el regulador español, únicamente ante el organismo extranjero que expidió el permiso, con las distancias y los plazos que eso supone. Se explica porque existe y porque conviene entenderlo, no porque se aconseje.
